Descubre el nuevo beneficio que Coomeva trae para sus asociados

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Subsidios Gente Pila

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  Beneficiario Gente Pila  
Recuerda que debes renovar tu beneficio a partir
del próximo 30 de julio y hasta el 23 de agosto de 2020.

*Aplica para todos los beneficiarios de Educación Superior que cursen estudios durante
2020-2 y beneficiarios de Educación Básica y Media de Calendario B. 

 

Resultados Convocatoria Gente Pila 2020 - Ganadores definitivos

 

El Programa Gente Pila Coomeva otorga subsidios para financiar estudios de Educación Superior en el nivel de pregrado, en diferentes universidades del país, a los asociados e hijos de asociados de estratos 1,2 y 3. 

 

Beneficios:


Ingresa AQUÍ y entérate de todos los beneficios que el Programa Gente Pila Coomeva tiene para ti y la educación de tus hijos. 



Requisitos mínimos para aplicar al Programa Gente Pila 


Ser hijo de un asociado que se encuentre al día en el pago de sus obligaciones estatutarias, reglamentarias, crediticias y de todo tipo con la Cooperativa.  Igualmente, deberá estar al día con las siguientes obligaciones: a) Las derivadas de servicios prestados por BANCOOMEVA; b) Las derivadas de servicios cuyo pago y cartera asuma la Cooperativa en nombre de sus asociados; c) Aquellas cuyo valor sea incluido en el estado de cuenta del asociado.
 
Ser asociado que se encuentre al día en el pago de sus obligaciones estatutarias, reglamentarias, crediticias y de todo tipo con la Cooperativa.  Igualmente, deberá estar al día con las siguientes obligaciones: a) Las derivadas de servicios prestados por BANCOOMEVA; b) Las derivadas de servicios cuyo pago y cartera asuma la Cooperativa en nombre de sus asociados; c) Aquellas cuyo valor sea incluido en el estado de cuenta del asociado.
 
Demostrar que el núcleo familiar del beneficiario vive en estrato 1, 2 o 3 de acuerdo a lo estipulado por el decreto 2880 de 2004 del Ministerio de Educación Nacional.
 
El aspirante a beneficiario debe estar admitido en una institución educativa de educación formal, debidamente reconocida por el Estado, según lo dispuesto en el Artículo décimo quinto del presente reglamento.
 

También puedes solicitar información través de la red de oficinas Coomeva a nivel nacional o  comunicarte a la línea telefónica nacional gratuita: 01 8000 950 123 opción 1–3, Bogotá: 748 1515 Cali: 333 0000 Barranquilla: 361 9800 Pereira: 316 9300 Medellín: 415 7700 Palmira: 273 3302, o desde su celular al 300 910 9898.


Preguntas frecuentes 

 

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Fecha de publicación 27/07/2020
Última modificación 12/05/2024
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